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AutorRespuesta No: 398748
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Octubre de 2018 01:37 2018-10-03 01:37 desde IP: 189.157.203.149
Lic. Magister Curiae, no leyó lo que comenta la consultante? el Código Penal Federal es claro, señala entre otras cosas en el Artículo 282.- Se aplicará sanción de tres días a un año de prisión o de 180 a 360 días multa: I.- Al que de cualquier modo amenace a otro con causarle un mal en su persona, en sus bienes, en su honor o en sus derechos, o en la persona, honor, bienes o derechos de alguien con quien esté ligado con algún vínculo, y...
De modo que Usted esperaría tal cual "meme" sobre las recomendaciones de Derechos Humanos que señalan: Primero: pregunte si las amenazas son en serio o fue una simple broma?. Segundo: Pregunte al agresor con que pretende hacer daño?. Tercero: pregunte si el daño sera físico, moral o en sus bienes?. Cuarto: pregunte cuando, donde y que hora sera el daño que pretende hacerle, para estar preparado psicologicamente y acertarlo. Quinta: Cualquier otra idea que se le ocurra preguntar "sobre la prevención de delitos".
Saludos.
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