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  • Consulta : 284843
  • Autor : AdvocatusRectus
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  • Autor
    Respuesta No: 398709

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En el entendido que la Audiencia será la de Conciliación, Demanda y Excepciones, no necesariamente tiene que estar presente, toda vez que si otorgo carta poder al Abogado que la representa, este sera quien este presente para dicho fin; asimismo, su presencia seria necesaria únicamente para efectos de aceptar la reinstalación en caso que l misma empresa se la ofreciera y tenga que firmar la aceptación en ese momento y el proceso no se dilate, ya que de lo contrario la notificación se la harán posteriormente de manera personal. Lo cual no afecta en nada, solo por el tiempo como le hice saber con anterioridad. Saludos.