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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Agosto de 2018 16:07 2018-08-03 16:07 desde IP: 187.221.46.74
Mí estimada consultante Gr_ambar:… Mire, cualquier “exigencia” si no es por la vía judicial, y por la persona facultada para hacerla, no tiene ninguna validez, de tal suerte que mientras no sea por medio de un Juzgado que se le requiera a su esposo una pensión, no tiene por qué preocuparse. No obstante lo anterior, si se le demanda dicha prestación por la vía Judicial, y dentro del procedimiento por medio de la prueba de ADN, efectivamente su esposo resulta ser el padre de la niña, desde luego que se va a tener que responsabilizar de su hija hasta que cumpla los 18 años, o en su caso, hasta que termine sus estudios si corresponden a su edad, y le pudieran hacer retroactiva la pensión desde que nació la menor, lo anterior no importando que “se haya dado un embarazo a propósito”…SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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