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  • Consulta : 284259
  • Autor : olaguez
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  • Autor
    Respuesta No: 398177

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    efectivamente los códigos civiles, señalan que los gastos de escrituracion serán por ambas partes, previo convenio en contrario, esto es que si pactan que los gastos de escritura se pagaran por ambas partes, (gastos) y el Código Fiscal señala que el pago del I.S.R. sera pagado por el vendedor o también lo puede exentar