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  • Consulta : 284259
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 398166

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en el capitulo de compraventa de los códigos civiles de los estados... varia el numero del artículo... pero dice... "los contratantes pagarán por mitad los gastos de escritura y registro, SALVO CONVENIO EN CONTRARIO..." ... esto ultimo es lo que pasa... en la mayoría de los contratos y en su formalidad... la escritura... se lee... el comprador hará todos los gastos de escrituración, liberando de esta carga al vendedor.... ..........pero eso es en la mayoría de los casos... lo que no implica que la forma de pago de la obligación se de ante el notario...