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  • Consulta : 284297
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 397990

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si Usted está dispuesto a cubrir los impuestos con valor comercial y no catastral, entonces presente una queja ante quien considere competente. Pero asegúrese de contar con los recursos para cubrir los impuestos y derechos con base en el valor comercial y no el catastral y que autoriza la Ley.