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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Julio de 2018 03:06 2018-07-06 03:06 desde IP: 189.217.122.230
Si Usted está dispuesto a cubrir los impuestos con valor comercial y no catastral, entonces presente una queja ante quien considere competente. Pero asegúrese de contar con los recursos para cubrir los impuestos y derechos con base en el valor comercial y no el catastral y que autoriza la Ley.
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