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  • Consulta : 284101
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 397816

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    como ya te dije.... No tienes derecho a prestaciones de ley.... por lo que conforme con la Ley Federal del Trabajo no eres un empleado... ya que como lo dices estas por honorarios.... por tanto... no tienes derecho a reclamar... indemnización constitucional... aguinaldo....vacaciones... prima vacacional... prima de antigüedad.... afore... imss... e infonavit... eres un clásico... trabajas por honorarios... no se substituye en forma alguna la figura...