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  • Consulta : 284153
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 397793

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Abogado le respondo, habiendo contraído nupcias bajo el régimen de separación de bienes a la cónyuge superstite en caso de no tener bienes propios o teniendo estos no igualan la porción que a un hijo correspondiese, le corresponde una porción igual a un hijo. Ahora bien por cuanto a que se dejaron a salvo los derechos de la cónyuge, esta tiene un termino de diez años para ejercitar la acción de petición de herencia. Saludos