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  • Consulta : 284060
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 397704

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bueno, si ya está un abogado llevando el juicio (y se le está pagando por su servicio), a él será al que deba preguntarle esto. Si usted es el que lo está llevando, tendrá que ponerse a estudiar. Porque, el perito partidor tendrán que dar su dictamen y mencionará la forma de liquidar la sociedad conyugal, de la cual se le dará vista a las partes para que manifieste lo que a su interés legal convenga, luego..... Sólo podrá solicitarse la venta del inmueble o ventas, sólo y sólo si no existe comoda partición de los mismos