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  • Consulta : 284036
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 397674

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es imposible darle una orientación profesional sin tener a la vista su contrato de arrendamiento. Usted es arrendadora y en consecuencia la obligación de tramitar la licencia de funcionamiento es de la arrendataria si el local cuanta con uso de suelo, así como cumplir con los permisos para venta de bebidas alcohólicas. Si el INVEA suspendió o clausuró el local por venta de cerveza sin contar con la autorización para ello, el acta se levantó a la arrendataria y en consecuencia es ella la facultada para interponer los medios de defensa ante la misma autoridad responsable o ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México. Por lo que usted debe en todo caso rescindir el contrato de arrendamiento, pero reitero, es imposible darle una orientación sin conocer el contenido de su contrato ya que incluso pudiera tratarse de un traspaso, pero sin esa información no se puede ir mas allá.