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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Marzo de 2018 15:06 2018-03-19 15:06 desde IP: 189.141.6.120
puedes renunciar por escrito a la sociedad.... y el consejo de administración... la recibira... y debera convocar a asamblea general... o en la siguiente asamblea general... deberá levantarse una acta de asamblea y ver que esta sea protocolizada ante otrio e inscrita en el registro público.... de estos actos... deberas tener copia y no tirarla o destruirla nunca...
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