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  • Consulta : 283928
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 397485

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Nada más como comentario, la obligación de los padres es darle los alimentos a sus hijos, DE AMBOS PADRES, es decir, el papá debe proporcionar el 50% de los alimentos y la mamá el otro 50% de los mismos, los alimentos contemplan: vestido, la habitación, calzado, gastos médicos, alimentos propiamente dichos, diverción, educación, etc, etc. Si quieres que el papá se haga cargo de todos los gastos, estará en un error. Por otra parte, si el papá no tiene un pago por nómina, entonces no tendrá derecho a parte proporcional de pensión por aguinaldo vacaciones y demás prestaciones, poque el papá no los tiene. La ley reza: Los alimentos han de ser proporcionados a las posibilidades del que debe darlos y a las necesidades de quien debe recibirlos.