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- Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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AutorRespuesta No: 397484
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Marzo de 2018 13:31 2018-03-17 13:31 desde IP: 189.242.14.66
Bueno el consultante dice: Ya me divorcié y firmamos convenio........ Debe entenderse: ya hay sentencia y en el convenio que se anexó se especificaron las condiciones de la liquidación de la sociedad conyugal, sino se hace eso el juez no aprueba el convenio hasta que no se subsanen las deficiencias en el convenio....... Luego entonces, si no se cumple los especificado en un convenio aprobado judicialmente, entonces hay que ejecurtar el convenio en la vía de apremio
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