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  • Consulta : 283911
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 397457

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Lic. JOSE LUIS CARBAJAL:

    Buenos días, Buenas tarde, Buenas noches…

    También y con el debido respeto que usted me merece, he de retribuirle la llamada de atención por cuanto en la consulta el interesado escribió que el citatorio está firmado por una juez de lo civil.

    Así pues, tenemos que fue usted quine leyó mal por no decir que entendió peor, cuenta habida que los citatorios (como el que usted menciona) son firmados por un actuario (enominado “Diligenciario” en Puebla, nunca por un juez, de tal manera que insisto en mi respuesta.

    Así las cosas, es incorrecto que “debamos entender que espere al Diligenciario en su domicilio”, cuenta habida que el consultante fue citado por “una juez de lo civil”, y es impensable que la juzgadora cite a alguien para que ella acuda al domicilio del citado en vez de que sea él quien acuda al local del juzgado.