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  • Consulta : 283725
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 397202

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Rosen:

    ¿¡¿Y desde cuándo el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal tiene facultades para modificar las leyes?!?

    ¿¡¿Y desde cuándo el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal tiene facultades para derogar las leyes previamente expedidas por el Congreso Federal?!?

    Por ejemplo:

    ¿¡¿Desde cuándo el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal tiene facultades para modificar la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal para que ahora se denomine Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México?!?

    ¿¡¿Y qué decir acerca de los preceptos legales que cité en intervención anterior y mediante los cuales se observa que “Ciudad de México” es sinónimo de “Distrito Federal”?!?

    Es incuestionable que soy el único que sí conoce las leyes y que tanto los integrantes del Constituyente permanente de las reformas constitucionales del 29 (veintinueve) de enero del 2016 (dos mil dieciséis), como los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los integrantes del Consejo de la Judicatura Federal son unos completos ignorantes.