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AutorRespuesta No: 397187
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Fecha de respuesta: Jueves 25 de Enero de 2018 12:51 2018-01-25 12:51 desde IP: 189.242.39.212
Si pasan las dos cosa en un mismo mes, no se estaría duplicando la pensión. En lo juicios de alimentos, la orden que da el juez a la empresa es que se le descuente el 18% de sus percepciones ordinaria como extraordinarias y en caso de ser finiquitado, se le descuente el mismo porcentaje. Es totalmente legal y no hay manera de evitarlo
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