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  • Consulta : 283741
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 397187

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si pasan las dos cosa en un mismo mes, no se estaría duplicando la pensión. En lo juicios de alimentos, la orden que da el juez a la empresa es que se le descuente el 18% de sus percepciones ordinaria como extraordinarias y en caso de ser finiquitado, se le descuente el mismo porcentaje. Es totalmente legal y no hay manera de evitarlo