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  • Consulta : 283630
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 396996

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tendrá que realizar un acta de asamblea donde conste tal hecho (la baja por fallecimiento), firmada por los demás asociados y la deberá llevar al notario de su elección, para que sea debidamente protocolizada e inscrita en el registro público.