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  • Consulta : 283594
  • Autor : LicCastro
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  • Autor
    Respuesta No: 396869

  • LicCastro
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola erika, puedes ejercitar la acción por la vía penal o por la vía civil, en ambas puedes aportar medios de convicción, como lo es alguna testimonial, el tiket de la empresa, algún vídeo que se encuentre al rededor del negocio, aunado con el dictamen del eléctrico o con el reporte del técnico que menciona. Por la vía penal toda esa información la tiene que proporcionar al fiscal. Por la vía Civil, puede entre otras, ejercer la demanda ejerciendo la acción de daños y perjuicios y puede aportar además de lo anterior la confesión del dueño del negocio. Si requiere hacer la demanda por una u otra vía puede solicitar el apoyo de nuestros abogados, en el siguiente correo: carloscastroc2002 ATENTAMENTE Lic. Castro.