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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Diciembre de 2017 21:43 2017-12-01 21:43 desde IP: 189.180.244.245
lo que tu abogado acepto... fue la reinstalacion... y no ... no cobras nada del año que perdiste... la reinstalación ... debio haberse pactado en los términos y condiciones en los que venias trabajando... y por cierto... que hiciste ese año... que no trabajaste para la patronal demandada?...
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