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  • Consulta : 283555
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 396813

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    hay una ley... y de sa ley no deben salirse los bancos... la legislación bancaria ... conducef... es un tercero... una autoridad con atribuciones para oir y dictar resoluciones respecto de las quejas de los usuarios del servicio bancario... lo que no significa nada... ya que si el acto juridico... el contrato de prestamo... fue realizado conforme a la ley...conducef dictara en contra del usuario... chismoso.. que dice o cree que el acto fue doloso o mal intncionado... cosa que nunca ocurre en la especie... el hecho de que el ususario ya no pueda pagar la deuda pactada por escrito... no la extingue... y no impide que se cobre sobre las garantias aportadas en su momento...