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  • Consulta : 283402
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 396468

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    fernanda1234:

    Lamento muchísimo que el forista Rosen le haya dado una respuesta en la que, en resumidas cuentas, le INFORMA A USTED CUÁL ES EL LUGAR O INSTITUCIÓN EN DONDE USTED NO DEBE INTERPONER SU QUEJA, EN VEZ DE INDICARLE DÓNDE SÍ LA PUEDE INTERPONER.

    Para darse cuenta que las indicaciones del forista Rosen son tan absurdas, basta ver que él mismo transcribió unos artículos de la regulación de la CONAMED, en donde se establece que dicha comisión, entre otras causas, es incompetente para asuntos que carezcan de connotaciones civiles, y desde luego que cualquier persona con dos dedos de frente sabe que los delitos siempre son penales, nunca civiles, y que un abogado con mayor motivo debe saber esto.

    Bueno, por mi parte le hago saber que la queja o denuncia la debe usted interponer ante el agente del Ministerio Público que corresponda al domicilio del hospital donde fuera atendida su cuñada, y que se tratará de una denuncia por los delitos de negligencia profesional médica, lesiones y lo que resulte, como por ejemplo el delito de usurpación de la especialidad médica de ginecología.

    Al interponer su denuncia debe solicitar al agente del Ministerio Público que proceda a realizar una inspección ministerial del lugar de los hechos para dar fe del estado psicofísico de su cuñada y del recién nacido, así como para obtener copia certificada del expediente de historial clínico respectivo, lo mismo que para que consiga los nombres de las personas que atendieron el parto, pues la experiencia me hace ver la posibilidad de que quienes atendieron el parto hayan sido estudiantes de medicina o de la especialidad de ginecología, carentes de la capacitación debida para tratar a una paciente de parto.