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  • Consulta : 283385
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
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  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    guadalupeiac1985:

    Lo cierto es que usted, como representante legal de la menor de edad desheredada injustamente por el padre mediante la figura de un testamento en el que designa como heredera universal a diversa persona excluyendo a su hija, usted puede impugnar tal testamento alegando que se trata de un testamento inoficioso porque ha dejado una hija sin provisión de alimentos, y entonces el juez deberá declarar inoficioso el testamento en cuestión para favorecer a la hija menor de edad del testador fallecido, haciendo que, de la masa hereditaria a ellla se pague una pensión alimenticia mensual.

    Pero resulta totalmente falso que la pensión alimenticia termine a los 18 (dieciocho) años de edad de su hija, cuenta habida que si es una estudiante regular la pensión debe continuar hasta que termine con sus estudios, y por estudiante regular se ha entendido que debe conservarse sin repetir un ciclo escolar anual, así que, si llegara a reprobar un año y cumple los dieciocho años de edad, perderá el derecho a su pensión.