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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Octubre de 2017 21:15 2017-10-11 21:15 desde IP: 189.141.5.113
el laudo lo dice... es inmediato... hoy embargo... y mañana nombreo perito valuador... y hecho el dictamen... se remata...o adjudica en pago y reclama la factura o escritura publica... se inicia planilla de liquidación y se desprende si hay deuda o no y si se amplia el embargo.... nada mas...
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