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  • Consulta : 283326
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 396310

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el laudo lo dice... es inmediato... hoy embargo... y mañana nombreo perito valuador... y hecho el dictamen... se remata...o adjudica en pago y reclama la factura o escritura publica... se inicia planilla de liquidación y se desprende si hay deuda o no y si se amplia el embargo.... nada mas...