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  • Consulta : 283274
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 396190

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la obligación es de ambos.. pero el patron... por medio de su representante...rh... no puede hacerte esas reclmaciones... es alreves... tu debes reclamar que cumpla... yaque cda vez que deja de cumplir... tu credito se afecta...