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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Octubre de 2017 09:51 2017-10-04 09:51 desde IP: 189.141.5.113
la obligación es de ambos.. pero el patron... por medio de su representante...rh... no puede hacerte esas reclmaciones... es alreves... tu debes reclamar que cumpla... yaque cda vez que deja de cumplir... tu credito se afecta...
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