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AutorRespuesta No: 396187
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Octubre de 2017 09:42 2017-10-04 09:42 desde IP: 189.141.5.113
n infonavit... solo hay rescisión del cntrato... cuando el bien ha sufrido un daño... natural... un temblor x ejemplo... pero en tu caso... no hay rescisión... solo porque ya no te gusta la zona que tu elegiste... es tu deuda y es tu obligación... y en tu caso... no hay dación en pago... donde esta el inmueble?...
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