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  • Consulta : 283209
  • Autor : Magister Curiae
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    Respuesta No: 395949

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    AdvocatusRectus:

    Ha sido usted quien introdujo la cuestión de que la falsificación del certificado de bachillerato de la presente consulta es un delito federal, lo que, desde luego, implica que el documento en cuestión es uno público y además federal.

    Conforme la anterior aclaración, tenemos que a usted le hizo falta leer debidamente el texto de la consulta, para poder entender su contenido, cuenta habida que…

    En la consulta del debate en que participamos, con meridiana claridad el consultante escribió: “…cuenta con un certificado de bachillerato y duda de su legalidad por la escuela que se lo expidió…”.

    …es decir, que el certificado escolar fue expedido por una escuela particular que, desde luego, carece de la calidad de dependencia pública, por lo tanto y de conformidad con todos y cada uno de los 33 (treinta y tres) Códigos civiles de la República Mexicana, el documento en cuestión carece de la calidad de documento público.

    Pero para hacerle notar más todavía lo desacertado de los comentarios de usted, le pregunto para que usted conteste:

    ¿¡¿Desde cuándo es obligatorio que una escuela de bachillerato se incorpore a la Secretaría de Educación Pública?!?.

    ¿¡¿Desde cuándo una escuela de nivel medio superior (bachillerato) tiene prohibido ser parte de una universidad privada con estudios reconocidos?!?

    ¿¡¿Desde cuándo una escuela de nivel medio superior (bachillerato) tiene prohibido estar incorporada a una universidad privada con estudios reconocidos?!?

    ¿¡¿Desde cuándo una escuela de nivel medio superior (bachillerato) tiene la obligación de ser intermediaria de la Secretaría de Educación Pública para la expedición de certificados de estudios a pesar de estar incorporada a una universidad privada con estudios reconocidos?!?

    Le hago saber que desde hace más de dos años soy abogado de una escuela privada del nivel medio inferior (secundaria) y de nivel medio superior (bachillerato) del estado de Hidalgo, y que lo primero que les patrociné fue terminar con la incorporación de estudios a la Universidad Autónoma de Hidalgo, para incorporarla a la Secretaría de Educación Pública, así que verá que tengo experiencia en estos temas.

    ¿¡¿Desde cuándo la Ley de Profesiones del Distrito Federal impide el registro de las escuelas privadas de bachillerato y les impide expedir sus propios certificados?!?, esta pregunta surge porque la I.P. del consultante indica que se ubica en Cuajimalpa, Distrito Federal.

    Pero lo mayormente interesante es que, la educación del nivel medio superior (bachillerato) carece de la obligatoriedad de que sea impartida por el Estado, de tal manera que la vigente Ley General de Educación permite que sea impartida por particulares por lo que es innecesario que los certificados de estudios sean expedidos por la Secretaría de Educación Pública, pues basta que la escuela privada obtenga, según el caso, de la autorización o el reconocimiento respectivos (artículo 54 Ley General de Educación), y la autorización y el reconocimiento incorporan a las instituciones que los obtengan, respecto de los estudios a que la propia autorización o dicho reconocimiento se refieren, al sistema educativo nacional.

    Así las cosas, día usted ¿¿quién debe entender a quien??, a ver, explíqueme usted, pero citando los fundamentos legales, tal y como yo lo estoy haciendo, y si quiere explíquemelo con ejemplos, o si prefiere, de mi parte se lo explico hasta con manzanitas.