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AutorRespuesta No: 395824
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Septiembre de 2017 17:23 2017-09-08 17:23 desde IP: 189.216.142.148
Magister Cuariae (saludos cordiales): Comparto y estoy de acuerdo en su anterior respuesta en cuanto a la terminación del contrato, en ese orden de ideas luego entonces si prosperaría el demandar la declaración judicial de rescisión del contrato de arrendamiento por falta de pago de dos ó más rentas rentas como lo previene el articulo 962 del Código de Procedimientos Civiles para esta Ciudad.
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