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  • Consulta : 283069
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 395544

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu abogado sabe que hacer.. tu juicio es un reivindicatorio... con desocupación y entrega judicial de inmueble... el acto que vale... es el que esta en el rgistro publico... pero el tenedor precario del bien... tiene un documento que da origen a su posesión...uso... goce y disfrute... y seguro te va a reconvenir... contrademandar... la prescripción y la puede ganar... ya que tu nunca tuvoste el bien.... tu abogado te explica...