Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 283076
  • Autor : Magister Curiae
  • Consultas en Foro: 11
  • Respuestas en Foro: 1120
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 395523

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    MercKatty:

    Como el asunto deriva de un expediente previo, en el mismo debe constar un domicilio que cada una de las partes autorizó para recibir notificaciones, y que tiene vigencia hasta en tanto sea designado uno nuevo.

    Pero si es el caso de que en el domicilio previamente designado para recibir notificaciones se niegan a recibirlas por cualquier motivo que expresen o porque desapareció el domicilio, entonces el actuario debe asentar su razón para que luego de ello se solicite y el juez autorice que las notificaciones se practiquen mediante publicación en el Boletín Judicial.