- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 248754
- Autor : mario olvera
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 4
- Vox Populi: PolÃtica: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3416
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 395380
-
Fecha de respuesta: Sábado 12 de Agosto de 2017 10:31 2017-08-12 10:31 desde IP: 187.189.55.202
Si no te quiere dar la carta de recomendación, sà puedes pedirle la constancia laboral. Y si no quiere, dÃle que lea el art. 132, fracc. VIII de la LFT: "Son obligaciones de los patrones: VIII. Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de 3 dÃas, una constancia escrita relativa a sus servicios". Obviamente no se prevé ninguna sanción para él si no te la da, pero estás en todo tu derecho de solicitarla.
-
Autor