Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 283001
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 395288

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no vayas... pero de que tendras que pagar los daños causados a terceros... eso ni duda cabe... sea robo o no... eso no te libera de la reparación material del daño...