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  • Consulta : 282780
  • Autor : OSCAR LEMUS
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  • Autor
    Respuesta No: 395151

  • OSCAR LEMUS
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    alebarronc_NR: No existen consecuencias jurídicas negativas por vivir de mutuo consentimiento con persona alguna sea cual sea su estado civil, despreocupese; esto por un lado. Ahora bien entiendo que su actual pareja se encuentra legalmente casado con su expareja sentimental, en el Las Leyes de Guanajuato aún se contemplan las causales de divorcio necesario, y para su tramitación es necesario, de acuerdo a las leyes de esta entidad, acreditar alguna de estas causales de divorcio necesario para disolver el vinculo matrimonial si es que así lo desea. Sin embargo existen criterios jurisprudenciales que desestiman dichas normas, me refiero pues, al divorcio sin expresión de causa, esto quiere decir que no es necesario acreditar ninguna de las causales que el Código Civil de Guanajuato establece y que basta con manifestarle al Juez su deseo de divorciarse para que sea declare la disolución del vinculo matrimonial. Tuve una experiencia con un colega que tiene muchísimos años más que yo litigando (30 años) que actualmente está llevando un asunto de divorcio allá en guanajuato le comente de este tipo de divorcio, alegando que si el Código Sustantivo en la materia no lo contemplaba, no procedía el divorcio sin expresión de causa, y haciendo caso omiso a mi sugerencia, presentó una demanda en la que aludía una de las causales de divorcio necesarias, sin embargo, una vez admitida la demanda a se le dió trámite como divorcio sin expresión de causa, ¿Por qué? por los criterios jurisprudenciales tomados en cuenta por el juzgador y que son los que versan sobre el tema de los divorcios sin expresión de causa, que aún y cuando le imprimí a mi colega el manual que contiene toda una explicación sobre el tema, con jurisprudencias y toda la cosa, me desestimó por ser un abogado joven. Dejaré la siguiente liga, en la cual se puede descargar un cuadernillo de trabajos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, en la que explica de una manera mucho más amplia lo referente a la tramitación del divorcio sin expresión de causa. Para que tú y mis colegas aquí presentes, lo tomen en cuenta, espero que mi opinión te haya servido de algo. Quedo a tus ordenes "https://scjn.gob/sites/default/files/cuadernos_trabajo/...10/CT-PS-4_0.pdf"