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  • Consulta : 282727
  • Autor : Magister Curiae
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    Respuesta No: 394756

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Rosen:

    Exprese usted cuál sea el fundamento legal para que pueda operar la preclusión del derecho del consultante para deducir sus derechos hereditarios.

    Y para mejor ilustrarnos, también precise qué consecuencia tiene el que el consultante inicie otro juicio sucesorio intestamentario en el cual reclame sus derechos a la masa hereditaria.

    Le hago notar que si se trata de deducir derechos hereditarios es porque el juicio se sigue sin que exista testamento, que si lo hubiera, entonces estaría excluida la sucesión legítima que a todas luces es la que se substancia en el juicio de la consulta que nos ocupa.