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  • Consulta : 282764
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 394721

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no importa el tiempo que haya transcurrido... el matrimonio subsiste... si no se ha promovido el divorcio... lo mas importante en acudir al registro civil y pedir una copia del acta de matrimonio... ya que en la misma podria haberse hecho la anotación del divorcio ...promovido por el.... checar el texto de la acta... y si dice que estan casados por sociedad conyugal... sociedad legal...y revisa el texto de la escritur de esa casa o terreno... y es posterior a la fecha de matrimonio... el 50% de ese bien es tuyo... pero... si se señala que es por bienes separados... nada es tuyo... sea como fuere... TU NO PUEDES VENDER LO QUE NO ES TUYO... ni dar promesa de venta... o hacer nada con esa propiedad... asi pasen 100 años... tu vives ahi... o haces actos sobre ese bien... pero no es tuyo... y no puedes vender... porque no puedes escriturar... supongamos que te pasas de viva... como todos los que hacen corage cuando se le dice lo que te dije... y vendes por contrato privado... y luego el que compro se da cuenta de que no se le podia haber vendido y que no se le va a poder escriturar... que nunca va a ser suyo... o peor aun... aparece el marido y pide que se le regrese su bien... su casa... su terreno... como abundo el que vende una casa vieja... el que la compra la tira y hace una nueva... y entonces aparece el verdadero dueño y ni modo... a desocupar... bajo el principio... el que construye en ajeno.. pierde lo propio y lo ajeno... en resumen... no es tuyo... de ninguna forma... no lo puedes vender... xq hasta la carcel puedes ir a dar...