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  • Consulta : 282617
  • Autor : AdvocatusRectus
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    Respuesta No: 394331

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Debe acudir al Registro Civil para que agreguen el nombre de quien lo reconocerá como su hijo.

    Solo como dato adicional (para la persona que reconozca al niño como su hijo), no hay vuelta de hoja, es decir, el siempre sera el padre para todos los efectos legales, no podrá, aunque quiera, deslindarse de las responsabilidades que a ello conlleve.

    Saludos.