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  • Consulta : 282561
  • Autor : AdvocatusRectus
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  • Autor
    Respuesta No: 394228

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mi estimado Magister Curiae

    . La Consultante claramente dice:

    Por causas de fuerza mayor me veo en la necesidad de "cambiarme de domicilio", pues donde vivimos nos ayudaban a pagar la renta mis hijas, una ya falleció y la otra se acaba de casar, por tal motivo "requerimos cambiarnos" y me gustaría saber cuanto tiempo tengo para hacerlo y si hay que seguir pagando la renta, "me dijeron que tengo derecho a tres meses"; es eso cierto? De antemano les doy las gracias por todo su apoyo.

    Ahora si que, como en el Kinder (Preescolar), le explico:

    Lo que ella quiere decir (frase muy definida a cierto poli-tico) es que si le deben dar tres meses sin pagar renta del inmueble que habita, porque le dijeron que es un derecho que tiene.

    No si su contrato subsiste, entendió Usted, ahora lo invito a que lea nuevamente mi anterior asesoría.

    Saludos.