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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Mayo de 2017 06:47 2017-05-10 06:47 desde IP: 201.102.207.227
Distinguido consultante: Al reconocer como tal al menor adquiere derechos y obligaciones, es decir pueden demandarle la pensión alimenticia y por regla es del 15 al 25 por ciento dependiendo de la entidad donde se encuentre y de los gastos que acredite la madre del acreedor
Como no es su hijo puede platicar con la madre y pedirle que demande al padre biológico
En caso de que quiera ampliar mi comentario quedo a sus órdenes en la red en mis paginas estoy como tu amigo abogado o en mi correo tu amigo abogado a rroba yah oo. com o por whatsat app 55 49 87 21 73
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