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  • Consulta : 282468
  • Autor : tuamigoabogado
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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguidas Consultantes: Antes de contestar sería bueno recordar lo siguiente: Nuda propiedad es aquel derecho de una persona sobre una cosa en la que su relación con ella es de ser sola y únicamente propietario. Como propietario, tiene el dominio sobre la cosa, pero no ostenta la posesión por haber sido cedida ésta a través de un derecho real denominado usufructo. La nuda propiedad son el conjunto de prerrogativas que conserva el propietario de una cosa, cuando esa cosa es objeto de un derecho de propiedad (usufructo, o habitación por ejemplo) por parte de un tercero. El derecho de propiedad es el derecho que tiene una persona de utilizar (usus), sacar beneficios de una cosa (fructus) y disponer de ella, o sea venderla, hipotecarla e inclusive destruirla (abusus). Por ejemplo, el dueño de una propiedad que la alquila es el nudo propietario de la misma: conserva el derecho de disponer de la cosa (abusus: venderla, etc...), mientras el derecho de usufructo está en manos de la persona que paga el alquiler. El inquilino tiene los derechos de uso y fructo, pero no puede vender la propiedad, ni hipotecarla, ni destruirla, porque el dueño, como nudo propietario, conserva esos derechos (abusus) Usufructo es el derecho real y temporal a disfrutar bienes ajenos con la obligación de conservarlos. También usufructo son las utilidades, frutos o provechos que se obtienen de algo. Un usufructurario sería la persona que tiene el derecho de usufructo sobre un bien propio o impropio. Este derecho puede recaer en una persona (simple) o en varias (múltiple). El usufructo no siempre afecta a un bien en su totalidad, ya que puede existir un usufructo parcial (por ejemplo, la planta baja de una casa pero no la primera planta). El usufructo puede ser legal (cuando así lo obliga la ley) o voluntario. Sinceramente no les entendí mucho pero si son las tres son copropietarias es decir es de las tres la casa, paguen su parte y solo los copropietarios juntos pueden vender pero, tu tía puede recurrir a un juicio para obligarlas a vender o a darle parle su parte y no quieran todo de gratis En caso de que guste amplié mi comentario quedo a sus órdenes en tuamigoabogado arro ba . yah oo co m . mx o al whatsapp 55 49 87 21 73