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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Mayo de 2017 12:55 2017-05-08 12:55 desde IP: 201.141.172.225
Distinguido Consultante: Según dispone el artículo 100 de la ley Federal del trabajo el pago es directo al trabajador es decir en mano y en efectivo según los criterios de nuestro más alto tribunal, por lo que usted por cortesía pídale apertura en otro banco que les acomode y realice dicho pago vía electrónica. En caso de que guste amplié mi comentario quedo a sus órdenes en tuamigoabogado arro ba . yah oo co m . mx o al whatsapp 55 49 87 21 73
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