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  • Consulta : 282505
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 394101

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    tuamigoabogado:

    Con suma extrañeza he leído sus comentarios que dirige a la consultante, y digo con la mayor extrañeza porque los abogados penalistas con experiencia como la que tengo en lo personal, sabemos que los ocupantes del automóvil que fuera dañado por la portezuela del de la consultante están obrando por mero capricho, de tal manera que es de lo más probable que, con tal de perjudicar a la consultante, ahora enderezaron su ataque en contra de la más vulnerable como lo es la hija de dicha consultante.

    Pero el asunto es de mayor gravedad, puesto que si tuvieron el alcance de inventar que quien conducía el automóvil era la hija (menor de edad) de la consultante, entonces la responsabilidad también recaerá en la madre de dicha menor, por haber permitido que manejara el vehículo automotor careciendo de licencia.

    Por otra parte tenemos que usted aconseja que la consultante se auxilie del Defensor de oficio adscrito a la oficina del agente del Ministerio Público, cuestión que, si usted tuviera experiencia en materia penal, de plano desaconsejaría, cuenta habida que los dos servidores públicos precitados conviven diariamente en esas oficinas, de tal manera que el defensor oficioso evitará enemistarse con el agente del Ministerio Público y, por consiguiente, nunca pondrá su mejor esfuerzo en la defensa que se le encomiende.