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  • Consulta : 282454
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 394017

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    hOLA: En materia penal, la objecion de la prueba pericial,puedes hacerla en cualquier momento incluso en la diligencia de ratificacion, alegando siempre el pretendido y alcance valor probatorio, pero debes motivar la objecion, partiendo de un incorrecto analisis, o bien la personalidad del perito, que carece de la especialidad...suerte. LIC. ESTRADA email: despachoestrada consulta por what sapp sin costo 5543442775