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AutorRespuesta No: 394017
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Abril de 2017 15:01 2017-04-25 15:01 desde IP: 187.222.125.101
hOLA: En materia penal, la objecion de la prueba pericial,puedes hacerla en cualquier momento incluso en la diligencia de ratificacion, alegando siempre el pretendido y alcance valor probatorio, pero debes motivar la objecion, partiendo de un incorrecto analisis, o bien la personalidad del perito, que carece de la especialidad...suerte. LIC. ESTRADA email: despachoestrada consulta por what sapp sin costo 5543442775
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