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AutorRespuesta No: 393866
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Abril de 2017 12:32 2017-04-08 12:32 desde IP: 189.216.107.183
Si Usted no solicitó en la demanda de nulidad la suspensión provisional o no se la concedieron, sí es procedente la clausura. Si por el contrario le concedieron la suspensión y aún así le clausuraron debe presentar una queja ante la misma autoridad que recibió la demanda.
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