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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Abril de 2017 15:47 2017-04-07 15:47 desde IP: 187.221.98.32
Mí estimado consultante Fernandopv196:
Mire, su narrativa no resulta del todo clara, pero no obstante debo decirle que Usted hace referencia a que su prima hermana era albacea y ya falleció, por lo que debe de promoverse ante el Juzgado donde se encuentra radicada la sucesión, se nombre a un nuevo albacea, QUIEN ES EL ÚNICO FACULTADO para representar a la sucesión en todos los juicios que hubieren de promoverse en su nombre o que se promovieren en contra de ella, la presentación del testamento, el aseguramiento de los bienes de la herencia, la formación de inventarios, la administración de los bienes y la rendición de las cuentas del albaceazgo, el pago de las deudas mortuorias, hereditarias y testamentarias, la partición y adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios, la defensa, en juicio y fuera de él, así de la herencia como de la validez del testamento, las demás que le imponga la ley, de tal suerte que el paso a seguir es, el nombramiento de albacea. Todo lo anterior en el entendido de que, efectivamente exista un juicio, cuenta habida que si todo lo que Usted relata, es en base a supuestos convenios entre las partes sin la autorización judicial, tendría que empezar por ejercitar el juicio correspondiente.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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