- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 282291
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3408
- : 76 %
- : 23 %
-
AutorRespuesta No: 393844
-
Fecha de respuesta: Jueves 06 de Abril de 2017 21:56 2017-04-06 21:56 desde IP: 189.180.195.216
porque es de explorado derecho que no se puede dar por teminado el derecho por la muerte simple... hay que pedirlo... ya que seguramente... esta sujeto el deudor a descuento por nomina y por ello lo pide... no hay oficio en forma ....ex-oficio o en forma econimica... debe pedirlo y solo puede reclamar la suspensión a la albacea del sucesorio...y no es el primero de cancelación o suspensión definitiva que llevo... y no solo en donde vivo...sino en varios estados vecinos...
-
Autor