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  • Consulta : 282222
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 393745

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    a ver.... el contrato privado... levantado ante el municipio... cambio su forma... para hacer el pago de traslado de dominio... que es muy comun... y que ahora exigen los notarios... pero lo importante... es la inscripción de ese contrato en un libro de contratos privados del registro publico de la propiedad y del comercio ...si no se hizo... es irregular ese terreno... ahora bien... si hay un contrato posterior de esa compra... a favor de quien escrituro... y este se hizo... en vida.... del testador... con esa fecha... ya el bien esta fuera del acervo hereditrio... y nada hay que hacer... la mayoria falla ... y hacen su fraudulento contrato... en fecha reciente y posterior a la muerte del de cujus... y con ello se demuestra la falsedad... pero ... quien debe pelear estos actos... es el albacea de la sucesión....