Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 282192
  • Autor : PeregrinaSalazar
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 233
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 393596

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes.

    Si, el Ministerio Publico no considera delito hacer eso con base en el siguiente criterio judicial.

    FALSEDAD EN DECLARACIÓN ANTE AUTORIDAD. NO SE ACTUALIZA ESTE DELITO CUANDO SE OMITE ADVERTIR AL ACTIVO DE LA SANCIÓN PARA LOS FALSOS DECLARANTES (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL). Para demostrar el delito de falsedad en declaración ante autoridad no basta que se mencione que se hace la protesta de decirverdad, sino que deben reunirse los requisitos formales que contempla el artículo 311 del Código Penal para el Distrito Federal, es decir, deben satisfacerse dos aspectos: 1. Protestar al que declare bajo la palabra de decir verdad, y 2. Hacerle saber que la ley sanciona severamente a los falsos declarantes; por tanto, cuando se omite advertir al activo de la sanción no se actualiza aquella figura delictiva, pues al ser un delito doloso requiere por parte del inculpado el conocimiento de que, en caso de faltar a la verdad, será castigado.

    Así que mientras no protesten a la señora y le hagan saber de las penas en que incurre, no se considera delito.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”