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AutorRespuesta No: 393595
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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Marzo de 2017 18:46 2017-03-09 18:46 desde IP: 189.216.197.39
Buenas tardes.
Si puedes iniciar otro juicio o los que quieras, pero que sea procedente no te lo sabríamos decir porque necesitamos ver como planteaste el primer juicio y que se dictó en la sentencia.
A partir de ahí y revisando tu contrato, se puede saber si es necesario iniciar otra acción pro forma, pero mejor formulada la demanda o en su caso, un juicio de prescripción, pero sacando primero a tu ex pareja.
Pero fuera de toda deducción, creemos que lo único procedente sería la acción pro forma, porque no es necesario con exhibir los recibos de pago para demostrar el cumplimiento de tus obligaciones, sino que además puede acreditarse con la confesional de la señora o la testimonial a cargo del esposo quien recibió el dinero.
Personas que si bien no has podido localizar, puedes requerir su domicilio girando oficios por conducto del Juzgado (El Juez debe ordenar a las dependencias que informen sobre su localización) o en su caso, emplazarla por edictos y de esa forma, tenerlas por presentadas legalmente.
Ahora bien, en cuanto al turno de la demanda, tendría que ser un nuevo juicio ya que el otro es cosa juzgada y es muy probable que por turno conozca el mismo Juzgado (No el mismo Juez).
En fin, consulta un abogado de tu confianza para que te ayude con el tramite, pues desafortunadamente en el foro se responden consultas ambiguas y para una correcta asesoría necesitamos revisar tu expediente y demás documentos.
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
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