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  • Consulta : 282188
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 393583

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    de 8.30 a 6.30... son 10 horas de trabajo... no se descuenta la hora de comida.... es parte de la jornada... porque sales de comer y regresas a trabajar... y por ende ... es un solo turno... de 8 horas... mas dos extraordinarias... se te paga así?... y si es de lunes a viernes ... es de 50 horas... lo que dice que .... trabajas 10 horas en exceso de la jornada de trabajo... las 9 nueve primeras al doble y la hora restantes al triple, de conformidad con el texto de la ley que rige a la materia laboral...y todas se acumulan... y puedes pedir que se te paguen... aun cuando tu contrato diga que trabajas diez horas en un turno... tu siempre trabajas dos horas en exceso... de acuerdo a la ley... y son 48 ... si es de lunes a sabado... y no de lunes a viernes... abusado...