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AutorRespuesta No: 393524
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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Marzo de 2017 16:25 2017-03-06 16:25 desde IP: 189.180.209.116
si lo despides... tienes que liquidarlo... si das por terminado el contrato o la relación de trabajo en base a alguno de los numerales del articulo 47 de la ley federal del trabajo... solo le daras su finiquito... esto lo debes hacer por medio de un abogado especialista en materia laboral... no lo hagas fuera de la junta de conciliación y sin un abogado...
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