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  • Consulta : 282142
  • Autor : PeregrinaSalazar
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  • Autor
    Respuesta No: 393441

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenos días.

    Efectivamente, como lo menciona el lic. Garovalo, si puedes embargarle su casa y esta se inscribe en el Registro Publico de la Propiedad… Cuando existe un titulo de crédito es muy difícil perder ese tipo de juicio y el único problema es que el deudor tenga bienes suficientes para pagarlo.

    Por lo que al momento de sacar a remate la casa, como está inscrita una hipoteca debes notificar al otro acreedor del embargo y del estado de remate para que a través de una tercería excluyente de preferencia haga valer sus derechos. Si no lo hiciera, puedes sacar a remate la casa y con lo que se pague cobrarte.

    A fin de cuentas lo que te queda es arriesgarte a ver si con el valor de la casa y al precio que se llegue a vender, se puede pagar a ambos acreedores... Lo que si, es que sigas los consejos de tu abogado (Como lo menciona Garovalo) y lo dejes trabajar.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”